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SALUD REPRODUCTIVA
: 5/9/2014
Mlos Tratos Mala Praxis
Por Malos Tratos Durante Un Parto Violencia Obstétrica: Defensor Del Pueblo Nacional Interviene Por Caso En Ciudad De Buenos Aires
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. La Defensoría del Pueblo de la Nación, a través de su Secretario General, CPN Carlos Haquim, exhortó a un sanatorio y una obra social a que arbitren las medidas necesarias para revisar y modificar aquellas prácticas y condiciones que encuadran bajo la definición de violencia obstétrica.
Asimismo procedió a exhortar a la Superintendencia de Servicios de Salud a que adopte las medidas del caso para supervisar –a corto, mediano y largo plazo- el cumplimiento de dichas recomendaciones y puso en conocimiento de lo actuado al Ministerio de Salud de la Nación, la CONSAVIG, el INADI, el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable y la obra social OSUTHGRA.
Una mujer denunció ante el Defensor del Pueblo que un sanatorio privado -prestador de la Obra Social de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (OSUTHGRA)- la sometió a malos tratos en ocasión del parto de su cuarto hijo.
Contó que la mañana del viernes 25 de octubre de 2013 se presentó en la Guardia del Sanatorio, ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, con una orden de internación, debido a que había comenzado con contracciones.
Sin embargo, la enviaron “de vuelta” a su casa (en la localidad de Bella Vista, provincia de Buenos Aires); y tuvo que regresar al mediodía porque continuaba con contracciones. Recién tres horas más tarde dispusieron su internación.
Una vez internada –según refiere- no fue debidamente controlada por el equipo de salud y en el cambio de guardia la nueva partera desconocía que estaba internada desde el día anterior, ya que habían extraviado los papeles de internación, por lo que tampoco sabía qué medicamentos le habían suministrado el día viernes.
El sábado, alrededor de las 16 hs., le informó a una enfermera que estaba con contracciones “cada 5 minutos”; no obstante le dijeron que “el trabajo de parto es largo” y pese a que la persona que la acompañaba avisó reiteradamente a las enfermeras, nadie la asistió. Ello ocasionó que el parto comenzara “en el trayecto del baño a la cama” de la habitación en la que estaba. “En ese momento me acuestan en la cama y el bebé nace, lo envolvieron con las sábanas que yo había estado usando hasta ese momento porque no llegaron a preparar lo necesario para el nacimiento”, finalizó, recalcando que espera que “estos malos tratos no vuelvan a suceder con otras personas”. En el Informe la SSS indica que realizó una auditoría donde “ha detectado graves irregularidades en el manejo del caso en cuestión, y condiciones preocupantes, tanto en la atención de la denunciante como en las condiciones generales de atención que se encuadran bajo la definición de violencia obstétrica provista en la ley 26485”. Agregó que se relevaron 190 quejas realizadas entre el 4 de septiembre y el 28 de noviembre del 2013 por largas esperas (en la atención y la obtención de turnos y prestaciones), malos tratos, mala calidad de atención, cancelación de turnos, agresiones verbales y comentarios discriminatorios, involucrando al personal administrativo y de seguridad, a los médicos y enfermeros. Cabe destacar que en esta instancia el Defensor del Pueblo de la Nación no interviene ante los reclamos de “violencia obstétrica” considerando la praxis médica, sino que intenta determinar cuáles son aquellas prácticas naturalizadas en los establecimientos asistenciales que conllevan una carga de violencia hacia la mujer embarazada, las cuales ameritan ser consideradas, revisadas y, en tal caso, modificadas por el equipo de salud. La presente investigación es producto de un trabajo en equipo con el objetivo común de hacer visible la problemática de la violencia obstétrica y, consecuentemente, empoderar a las mujeres sobre sus derechos en el proceso de embarazo, parto y post parto. A tales fines, se estimó procedente exhortar al nosocomio -en su carácter de prestador de la obra social OSUTHGRA- que arbitre las medidas necesarias para revisar y modificar aquellas prácticas y condiciones que encuadran bajo la definición de violencia obstétrica, siguiendo para ello las recomendaciones formuladas por el equipo auditor que constan en la presente resolución. Recordemos que el Defensor del Pueblo de la Nación (DPN) forma parte de una mesa de trabajo coordinada por la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, cuyo objetivo es trabajar sobre la temática de violencia obstétrica, junto a otros organismos, como la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), el Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud de la Nación, profesionales de hospitales públicos y ONG’s vinculadas a la
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